- ¿Qué personas se pueden beneficiar de esta prestación?
- ¿Qué protege la prestación?
- ¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir las personas solicitantes?
- ¿Desde cuando se percibe la prestación?
- ¿Cuándo se suspende o extingue la prestación?
- ¿Qué documentación es necesaria para solicitar la prestación?
- Listado de enfermedades graves
- Normativa
¿Cuando se suspende o extingue la prestación?
La prestación quedará suspendida en los siguientes casos:
- En las situaciones de incapacidad temporal por contingencias comunes y accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Durante los periodos de descanso por maternidad y paternidad.
- En los supuestos de riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural.
- En cualquier caso que suponga una suspensión de la relación laboral.
- Cuando se alterne el percibo de la prestación con la otra persona progenitora, adoptante o acogedora.
La prestación quedará extinguida en los siguientes casos:
- Por la reincorporación plena al trabajo o reanudación total de la actividad laboral.
- Por no existir la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor debido a la mejoría de su estado de salud o alta médica por curación.
- Cuando una de las personas progenitoras, adoptantes o acogedoras del menor cese en su actividad laboral, sin perjuicio de que cuando esta reanude se le pueda reconocer una nueva prestación.
- Por cumplir el menor 18 años.
- Por fallecimiento del menor.
- Por fallecimiento de la persona beneficiaria.
Las personas beneficiarias están obligadas a comunicar a la Mutua cualquier circunstancia que implique la suspensión o extinción del derecho a la prestación.
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Prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave



