Inicio Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional

¿Quién tiene derecho a la prestación económica por incapacidad temporal?

Correo electrónico Imprimir PDF
(0 votos, media 0 de 5)

¿Quién tiene derecho a la prestación económica por incapacidad temporal?

Todas aquellas personas trabajadoras que a fecha del accidente o de la enfermedad profesional estén dadas de alta en la empresa que tiene cubiertas las contingencias de accidente de trabajo y enfermedades profesionales con Mutualia.

Las personas trabajadoras comprendidas en el campo de aplicación del Régimen General se considerarán, de pleno derecho, en situación de alta a efectos de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y desempleo, aunque su empresario o empresaria hubiere incumplido sus obligaciones.

En estos casos el anticipo de las prestaciones recae en la mutua sin perjuicio de las responsabilidades que se deriven del incumplimiento y que recaigan en la empresa. El anticipo de las prestaciones, en ningún caso, podrá exceder de la cantidad equivalente a dos veces y media el importe del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente en el momento del hecho causante.