
- Prestación económica por incapacidad temporal
- ¿Qué se considera accidente de trabajo?
- ¿Qué se considera enfermedad profesional?
- Duración de la prestación económica por incapacidad temporal
- ¿Quién tiene derecho a la prestación económica por incapacidad temporal?
- ¿Quién abona la prestación económica por incapacidad temporal?
- Cuantía de la prestación económica por incapacidad temporal
- Tramitación de la prestación por incapacidad temporal
- Comunicación del accidente de trabajo
- Comunicación de la enfermedad profesional
Prestación económica por incapacidad temporal
La incapacidad temporal por contingencias profesionales será consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, y durará mientras la persona trabajadora reciba asistencia sanitaria y esté impedido para el trabajo.
La cuantía del subsidio será el 75% de la base reguladora, y se percibirá desde el día siguiente al de la baja.
La cuantía del subsidio será el 75% de la base reguladora, y se percibirá desde el día siguiente al de la baja.




